La Constitución Política de Colombia en su Título II, “De los derechos, las garantías y los deberes”; Capítulo II,” De los derechos sociales, económicos y culturales”, establece en forma clara, que los derechos de los niños, son prevalentes, sobre los demás derechos, colocándolos así, en nuestro sentir, como aquellos que merecen todo el esfuerzo y atención no solo del estado, sino también de parte de los particulares, para garantizar su efectiva aplicación y respeto.
“Artículo 44 – Son derechos fundamentales de los niños: La vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación, la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencias físicas o moral, secuestro, venta, abuso sexual, exploración laboral o económica y trabajos riesgosos.
Gozaran también de los demás derechos consagrados en la construcción, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia”.
La familia, la sociedad y el estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás”.
De acuerdo al mandato constitucional, son concordantes las siguientes normas:
De la constitución política, con los artículos 2- “Son fines esenciales del estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la constitución…” y “Las autoridades de la república están instituidas para proteger…y demás derechos y libertades y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del estado y de los particulares.” Y 42 – “La familia es el núcleo fundamentadle la sociedad… El Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la familia”.